Expediente Claro Tasas de extranjería
Tasas de extranjería: el importe de cada trámite
Cuánto cuestan el NIE, la TIE, el arraigo, la larga duración y el resto de trámites de extranjería según la Orden PJC/617/2025, línea por línea.
Actualizado el 31 de octubre de 2026 · fuentes al pie, con su fecha de consulta
Información general, no asesoramiento jurídico. Explicamos lo que dicen las normas citadas al pie, con su fecha de consulta; para tu caso concreto, consulta a un profesional o a la oficina que tramita tu expediente.
Busca tu trámite en el anexo
- Escribe un trámite o pulsa un botón: verás sus líneas del anexo, cada una con el grosor de su importe.
Los importes de las tasas de extranjería están en el anexo de la Orden PJC/617/2025, publicada en el BOE. Busca tu trámite arriba o recorre el anexo completo más abajo: cada importe lleva el número de su línea para que puedas comprobarlo en el BOE.
Las tasas que más se buscan
| Trámite | Línea del anexo | Importe |
|---|---|---|
| Asignación del NIE a petición de la persona interesada | 5.12 | 9,84 € |
| TIE de la primera autorización de residencia temporal, de estancia o de trabajador transfronterizo | 4.2 | 16,08 € |
| TIE al renovar la residencia temporal o prorrogar la estancia | 4.3 | 19,30 € |
| TIE de residencia de larga duración o de larga duración-UE | 4.5 | 21,87 € |
| Autorización de residencia temporal por arraigo (cualquiera de los cinco tipos) | 2.3.1 | 38,28 € |
| Autorización inicial de residencia temporal por reagrupación familiar | 2.1.2 | 10,94 € |
| Autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE | 2.6 | 21,87 € |
| Certificado de registro de residente comunitario o tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión | 4.6 | 12,00 € |
Un mismo trámite puede llevar más de una tasa. El anexo separa las tasas de las autorizaciones de residencia (grupo 2), las de las autorizaciones de trabajo (grupo 3) y las de las tarjetas (grupo 4): por ejemplo, la autorización y, después, la tarjeta (TIE) que la documenta.
Cómo se fijan y cuándo cambian
- Las cuantías se actualizan al comienzo de cada año con los incrementos que fije la ley de presupuestos generales del Estado (Orden, art. 1.2). Por eso cada tabla lleva la fecha en que la consultamos.
- El artículo 1.3 equipara a la tasa del DNI las del certificado de registro de residente comunitario, de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión y de la tarjeta de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española. En el anexo, esas líneas (4.1 y 4.6) cuestan 12,00 €.
- Hemos comparado los grupos 2.3, 2.4, 4 y 5 del anexo con la página de tasas de extranjería del Ministerio del Interior: los importes coinciden, salvo la línea 5.16.
Cómo y cuándo se paga
- Las tasas de residencia, de trabajo y de la TIE se autoliquidan, es decir, las calculas y las pagas tú con el modelo oficial: el centro que tramita el procedimiento facilita el modelo oficial, y el justificante con el Número de Referencia Completo (NRC) acredita el pago (Orden, art. 2.2).
- Ese justificante se envía al órgano que tramita el procedimiento en el plazo de quince días desde el pago (art. 2.2).
- Si la solicitud se presenta por vía electrónica, la tasa se paga en el mismo acto de presentación (art. 2.3).
- El plazo de pago voluntario es de diez días hábiles, que se cuentan desde la presentación de la solicitud o, en ciertas autorizaciones de trabajo en el servicio doméstico, desde el alta en la Seguridad Social (art. 2.5).
- Para el certificado de registro y la tarjeta de residencia de los ciudadanos de la Unión y sus familiares, el Ministerio del Interior indica la tasa modelo 790, código 012, que se paga en bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.
Quién paga y quién está exento
- Paga la persona a cuyo favor se tramita la autorización o el documento. En las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena paga el empleador, que no puede exigir después ese importe a la persona trabajadora (Orden, art. 3.1 y 3.2).
- Según el artículo 3.3, no están obligados a pagar las tasas de las autorizaciones de trabajo «los nacionales iberoamericanos, filipinos, andorranos, ecuatoguineanos, los sefardíes, los hijos y nietos de español o española de origen, y las personas extranjeras nacidas en España cuando pretendan realizar una actividad lucrativa, laboral o profesional por cuenta propia inicial».
- La TIE de los menores tutelados por una entidad pública no tiene coste (línea 4.7 del anexo).
El anexo completo, grupo por grupo
Las 82 líneas de la Orden, en el orden y con el número del BOE. La barra de cada línea es su importe frente al más alto del anexo (407,71 €).
1. Tramitación de autorizaciones de estancia en España5 líneas · de 10,94 € a 32,17 €
- 1.1Autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado en España.
- 1.1.1Autorización inicial de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas (titular principal y sus familiares).10,94 €
- 1.1.2Prórroga de la autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado (titular principal y sus familiares).17,49 €
- 1.2Prórroga de autorización de estancia de corta duración en España.
- 1.2.1Prórroga de estancia de corta duración sin visado (importe base que se incrementará en 1,09 € más por cada día que se prorrogue la estancia).17,49 €
- 1.2.2Prórroga de estancia de corta duración con visado (art. 32 RD 1155/2024).32,17 €
- 1.3Prórroga de desplazamiento temporal de menores extranjeros con fines de tratamiento médico.17,49 €
2. Tramitación de autorizaciones para residir en España25 líneas · de 10,94 € a 38,28 €
- 2.1Autorización inicial de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales).
- 2.1.1Residencia temporal no lucrativa (titular principal y sus familiares).10,94 €
- 2.1.2Residencia temporal por reagrupación familiar.10,94 €
- 2.1.3Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y/o propia (incluidas actividades de temporada).10,94 €
- 2.1.4Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.10,94 €
- 2.1.5Residencia temporal de menores extranjeros acompañados.10,94 €
- 2.1.6Autorización de residencia para estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial (DA 17.ª L. 14/2013) (titular principal y sus familiares).10,94 €
- 2.1.7Autorización de residencia para prácticas (DA 18.ª L. 14/2013).10,94 €
- 2.1.8Autorización de residencia temporal de carácter excepcional para menores extranjeros con fines de tratamiento médico.10,94 €
- 2.2Renovación o prórroga de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales).
- 2.2.1Residencia temporal no lucrativa (titular principal y sus familiares).16,40 €
- 2.2.2Residencia temporal por reagrupación familiar.16,40 €
- 2.2.3Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y propia.16,40 €
- 2.2.4Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo.16,40 €
- 2.2.5Residencia y trabajo independiente del reagrupante (art. 69 RD 1155/2024).16,40 €
- 2.2.6Residencia temporal de menores extranjeros no acompañados que acceden a la mayoría de edad siendo titulares de una autorización de residencia.16,40 €
- 2.2.7Residencia temporal para prácticas (DA 18.ª L. 14/2013).16,40 €
- 2.3Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
- 2.3.1Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo (segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo o familiar).38,28 €
- 2.3.2Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales excepto por arraigo.
- 2.3.2.a)Autorización inicial por circunstancias excepcionales por razones humanitarias (excepto víctimas de delitos del art. 128.2 RD 1155/2024), colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público, o tramitada en base a la DA 2.ª RD 1155/2024.38,28 €
- 2.3.2.b)Autorización inicial de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, víctimas extranjeras de violencia sexual, por colaboración contra redes organizadas y extranjeros víctimas de trata de seres humanos, así como de las víctimas de los delitos recogidos en el art. 128.2 RD 1155/2024.10,94 €
- 2.3.2.c)Autorización inicial por circunstancias excepcionales por el acceso a la mayoría de edad del menor extranjero no acompañado que no es titular de una autorización de residencia (art. 174 RD 1155/2024).10,94 €
- 2.4Prórroga o renovación de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.16,40 €
- 2.5Modificación de las situaciones de las personas extranjeras en España.
- 2.5.1De la situación de estancia de larga duración por estudios o actividades formativas a la situación de residencia y trabajo o de residencia con excepción de la autorización de trabajo.10,94 €
- 2.5.2De la autorización de residencia temporal a autorización de residencia y trabajo.10,94 €
- 2.5.3Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo conforme a lo dispuesto en el art. 192 RD 1155/2024.10,94 €
- 2.6Autorización de residencia de larga duración–UE y autorización de residencia de larga duración nacional.21,87 €
- 2.7Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración-UE y recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración nacional.21,87 €
3. Autorizaciones de trabajo para un periodo igual o superior a seis meses14 líneas · de 10,94 € a 407,71 €
- 3.1Tramitación de autorizaciones de trabajo para transfronterizos.
- 3.1.1Autorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta ajena.
- 3.1.1.a)Retribución inferior a 2 veces SMI.203,84 €
- 3.1.1.b)Retribución igual o superior a 2 veces SMI.407,71 €
- 3.1.2Autorización inicial de trabajo para trabajadores transfronterizos por cuenta propia.203,84 €
- 3.1.3Prórroga autorización de trabajo, por cuenta ajena o propia, de la autorización para trabajadores transfronterizos.81,54 €
- 3.2Tramitación de autorizaciones de trabajo por cuenta ajena.
- 3.2.1Autorización de trabajo para autorizaciones iniciales de residencia temporal de trabajo por cuenta ajena.
- 3.2.1.a)Retribución inferior a 2 veces SMI.203,84 €
- 3.2.1.b)Retribución igual o superior a 2 veces SMI.407,71 €
- 3.2.2Autorización de trabajo para autorizaciones renovadas de residencia temporal de trabajo por cuenta ajena.81,54 €
- 3.3Tramitación de autorizaciones de trabajo por cuenta propia.
- 3.3.1Autorización de trabajo para autorizaciones iniciales de residencia temporal de trabajo por cuenta propia.203,84 €
- 3.3.2Autorización de trabajo para autorizaciones renovadas de residencia temporal de trabajo por cuenta propia.81,54 €
- 3.4Tramitación de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada.
- 3.4.1Autorización de trabajo inicial trabajo para actividades de temporada.
- 3.4.1.a)Autorización de trabajo para actividades de temporada (individuales).10,94 €
- 3.4.1.b)Autorización de trabajo en el marco de Gestión Colectiva de Contratación en Origen.10,94 €
- 3.4.2Renovación autorización trabajo para actividades de temporada.
- 3.4.2.a)Autorización trabajo renovada para actividades de temporada (individuales).16,40 €
- 3.4.2.b)Autorización de trabajo renovada en el marco Gestión Colectiva de Contratación en Origen.16,40 €
- 3.5Tramitación de autorización inicial de trabajo para las personas titulares de autorización de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas [art 52, apartados b), c), d) y e)].122,30 €
4. Tarjetas de identidad de extranjeros y certificados de registro de residentes comunitarios7 líneas · de 0,00 € a 21,87 €
- 4.1TIE de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.12,00 €
- 4.2TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos.16,08 €
- 4.3TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal o la prórroga de la estancia o de la autorización para trabajadores transfronterizos.19,30 €
- 4.4TIE que documenta la autorización de residencia y trabajo de mujeres víctimas de la violencia de género, víctimas de la violencia sexual y víctimas de la trata de seres humanos.16,08 €
- 4.5TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE.21,87 €
- 4.6Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión y TIE asociada al Acuerdo de Retirada de ciudadanos británicos y sus familiares (BREXIT).12,00 €
- 4.7TIE que documenta la residencia de menores tutelados por entidad pública.0,00 €
5. Documentos de identidad, títulos y documentos de viaje a extranjeros indocumentados y otros documentos16 líneas · de 1,05 € a 75,05 €
- 5.1Autorización de inscripción de indocumentados.21,87 €
- 5.2Cédula de inscripción.3,27 €
- 5.3Documento de identidad de refugiado.11,04 €
- 5.4Documento de identidad de apátrida.11,04 €
- 5.5Documento de identidad de protección subsidiaria.11,04 €
- 5.6Título de viaje.27,08 €
- 5.7Documento de viaje de la Convención de Ginebra.27,08 €
- 5.8Documento de viaje de protección subsidiaria.27,08 €
- 5.9Documento de viaje de los apátridas.27,08 €
- 5.10Autorización de regreso.10,72 €
- 5.11Autorización excepcional de entrada o estancia.17,49 €
- 5.12Asignación de Número de Identidad de Extranjero (NIE) a instancia del interesado.9,84 €
- 5.13Certificados o informes emitidos a instancia del interesado.7,31 €
- 5.14Autorización de expedición de Carta de invitación.75,05 €
- 5.15Expedición de Carta de invitación.6,54 €
- 5.16Compulsa y desglose por cada documento relativo a la Carta de Invitación.1,05 €
Importes del anexo de la Orden PJC/617/2025, consultado el 30 de octubre de 2026, cotejados con la página del Ministerio del Interior el 31 de octubre de 2026. Periodo de validez: el ejercicio en curso, hasta el 31 de diciembre de 2026; las cuantías se actualizan al comienzo de cada año según la ley de presupuestos (art. 1.2). Cotejo con el Ministerio del Interior: importes iguales a los del anexo en los grupos 2.3, 2.4, 4 y 5, salvo la línea 5.16 (1,09 euros en la página del Ministerio del Interior); en el BOE, la línea 5.16 figura con 1,05 €.